
Inversión en Deuda Pública
El 24 de mayo de 2013, el Gobierno español aprobó un proyecto de ley que crea un nuevo tipo de visado y permiso de residencia para inversores. Este nuevo visado y permiso de residencia para inversores se conoce como Golden Visa.
La inversión tiene que hacerse en cualquiera de las inversiones de capital.
INVERSIONES DE CAPITAL
2 MILLION
EUROS IN
SPANISH PUBLIC
DEBT
1 MILLÓN DE ERUOS
EN ACCIONES SOCIALES
DE EMPRESAS
ESPAÑOLAS
1 MILLÓN
DE EUROS EN EL BANCO
DE DEPOSITOS DE
ENTIDADES
FINANCIERAS
ESPAÑOLAS
500.000 EUROS
EN ADQUISICIÓN
DE BIENES RAÍCES
ACTIVOS
Visas de residencia para inversores de capital:
Presentación de certificado emitido por la entidad financiera o el Banco de España donde conste que el solicitante es el único titular de la inversión por un período de 5 años o más.
Se entiende por inversión significativa de capital una inversión inicial por un valor igual o superior a 2 millones de euros en bonos del Estado español emitidos o por un valor igual o superior a 1 millón de euros en acciones de sociedades españolas o depósitos en entidades financieras españolas.
Además de los requisitos generales establecidos, el solicitante deberá acreditar la inversión del monto mínimo requerido en un período no mayor a 60 días anteriores a la presentación de la solicitud de la siguiente manera:
-
- En el caso de una inversión en acciones no cotizadas o participaciones sociales se deberá presentar una copia de la declaración de inversión realizada en el Registro de Inversiones Extranjeras del Ministerio de Economía y Competitividad.
- En el caso de una inversión en acciones cotizadas, certificado de un intermediario financiero, debidamente registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores o en el Banco de España, en el que conste que la persona ha realizado la inversión de acuerdo con las reglas generales.
- En el caso de una inversión en bonos del Estado, se debe presentar un certificado de la institución financiera o del Banco de España que indique que el solicitante es el único propietario de la inversión por un período igual o superior a 5 años.
- En el caso de una inversión de depósito bancario, se debe presentar un certificado de la institución financiera que acredite que el solicitante es el único propietario del depósito bancario.
